Futuro incierto para las pensiones 2024
Régimen de 1997 generación de AFORE
Este régimen actualmente vigente representa un futuro totalmente incierto para las próximas generaciones que van estar sujetos a este ya que muchos beneficios que estaban contemplados en el régimen de 1973 fueron eliminados, por mencionar unos el régimen de 1973 te garantizaba una pensión hasta el final de tu vida pero el de 1997, en la mayoría de casos, te garantiza un ingreso por cierto periodo, según lo que hayas ahorrado. Es decir que el monto de tu pensión mensual que se te pagara al momento de tu retiro se calculara en base a la totalidad del ahorro que cuentes en tu cuenta individual de AFORE lo que representa una incertidumbre tremenda de saber si alcanzara no solo para llevar un buen ritmo de vida si no que también alcanzara a cubrir hasta la muerte del asegurado que a comparación con el régimen de 1973 la pensión que se pagaba era hasta el final de la vida del asegurado y la mecánica de cálculo era distinta.
Requisitos para pensionarse bajo el régimen de 1997
Otro de los detalles que separa el régimen de 1997 del régimen de 1973 es la cantidad de semanas requeridas para alcanzar la pensión. Anteriormente desde que entró en vigor se requerían 1250 semanas que representado en años eran 24 años de trabajo aproximadamente lo que también representaba un futuro incierto no muy favorable para los derechohabientes o trabajadores. Pero gracias a la modifi-cación a la reforma de pensiones realizada a partir del 1ro de enero de 2021 las semanas cotizadas se reducen a 825 semanas a partir del 2024 y estas irán incrementándose a 25 semanas hasta el 2031 por lo que quedara de la siguiente manera:
Años de cotización 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 2031
Control de las semanas 825 850 875 900 925 950 975 1000
Aunque el esquema no es muy favorable por lo menos resulta me-nos abrumador que el que se había propuesto inicialmente cuando se tenían que contar con 1250 semanas para tener derecho a la pen-sión más sin embargo sigue siendo desalentador por la cuestión de que la pensión solo será el ahorro de tu AFORE. Esto no proporciona mucha seguridad economica y de bienestar a los asegurados puesto que debido a las restricciones de edad que las empresas estan practicando resulta un factor en su contra para poder alcanzar las cotizaciones que el IMSS les demanda, muchas personas debido a que padecen enfermedades o accidentes de trabajo y no cuentan con seguro social por parte de algunas empresas ya que buscan a toda costa evadir esa obligacion dejando desprotegidos a los trabajadores y sobre todo al trabajar en la informalidad no estan cotizando y por si fuera poco no los inscriben con su salario diario real por lo que esto repercute directamente en su ahorro de afore ya que recibe menos ahorro de lo que realmente deberia de ser al inscribirlos correctamente.
¿Podremos optar por la modalidad 40 bajo este regimen?
Otro de los beneficios que se contemplaban en el regimen de 1973 es la Contiuacion Voluntaria al Regimen Obligatorio ( COVORO ) mejor conocido como modalidad 40 que ofrecia a los asegurados la posibilidad de incrementar y potencializar su pension por medio de una inversion a las semanas cotizadas y salario base de cotizacion con la finalidad de incrementar estos valores o que causa como beneficio un incremento considerable en el monto mensual de la pension. Dicha modalidad ofrece tambien la posibilidad de invertir de 1 a 5 años de acuerdo con los recursos con los que cuente el asegurado y por la cantidad de UMAS que deseen pagar por lo que los costos de la modalidad 40 o COVORO seran los siguientes:
La inversion de la modalidad 40 era favorable para el regimen de 1973 debido a la mecanica con la que se contaba en ese entonces, la cua consistia en tomar el valor de los salarios de los utimos 5 años donde se calculaba un salario promedio el cual seria la base para la determinacion de la pension donde tambien influirian conceptos como la cuantia basica y los incrementos anuales que eran otros factores determinantes que aumentaban la pension.
Pero ¿que pasa con los que se encuentran bajo el regimen de 1997? el escenario para este regimen actualmente vigente no resulta muy atractivo para invertir en modalidad 40 ya que se basa unicamente en el ahorro con el que cuentes en tu cuenta individual de AFORE por lo que las unicas opciones que quedan es realizar aportaciones voluntarias por parte de ti como trabajador o de parte del patron ademas de estar al pendiente de las cuotas obrero patronales por concepto de Cesantia en Edad Avanzada y Vejez.La modalidad 40 unicamente seria util para el caso de que el trabajador nesecite recuperar semanas cotizadas que hayan sido descontadas por concepto de haber efectuado un retiro por desempleo, le hagan falta semanas cotizadas para tener derecho a la pension o para recuperar la vigencia de derechos que se haya perdido por haber tenido inactividad o lo hayan dado de baja. Otra manera de recuperar la vigencia de derechos, completar sus semanas cotizadas para alcanzar la pension y contar con atencion medica, servicio hospitalario y farmaceutico por concepto de invalidez, riesgo de trabajo o cesantia en edad avanzada y vejez es la modalidad 10 dirigida a personas o trabajadores independientes.
PARA MAS INFORMACION LLAMAR AL 664 724 42 51
Este régimen actualmente vigente representa un futuro totalmente incierto para las próximas generaciones que van estar sujetos a este ya que muchos beneficios que estaban contemplados en el régimen de 1973 fueron eliminados, por mencionar unos el régimen de 1973 te garantizaba una pensión hasta el final de tu vida pero el de 1997, en la mayoría de casos, te garantiza un ingreso por cierto periodo, según lo que hayas ahorrado. Es decir que el monto de tu pensión mensual que se te pagara al momento de tu retiro se calculara en base a la totalidad del ahorro que cuentes en tu cuenta individual de AFORE lo que representa una incertidumbre tremenda de saber si alcanzara no solo para llevar un buen ritmo de vida si no que también alcanzara a cubrir hasta la muerte del asegurado que a comparación con el régimen de 1973 la pensión que se pagaba era hasta el final de la vida del asegurado y la mecánica de cálculo era distinta.
Requisitos para pensionarse bajo el régimen de 1997
Otro de los detalles que separa el régimen de 1997 del régimen de 1973 es la cantidad de semanas requeridas para alcanzar la pensión. Anteriormente desde que entró en vigor se requerían 1250 semanas que representado en años eran 24 años de trabajo aproximadamente lo que también representaba un futuro incierto no muy favorable para los derechohabientes o trabajadores. Pero gracias a la modifi-cación a la reforma de pensiones realizada a partir del 1ro de enero de 2021 las semanas cotizadas se reducen a 825 semanas a partir del 2024 y estas irán incrementándose a 25 semanas hasta el 2031 por lo que quedara de la siguiente manera:
Años de cotización 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 2031
Control de las semanas 825 850 875 900 925 950 975 1000
Aunque el esquema no es muy favorable por lo menos resulta me-nos abrumador que el que se había propuesto inicialmente cuando se tenían que contar con 1250 semanas para tener derecho a la pen-sión más sin embargo sigue siendo desalentador por la cuestión de que la pensión solo será el ahorro de tu AFORE. Esto no proporciona mucha seguridad economica y de bienestar a los asegurados puesto que debido a las restricciones de edad que las empresas estan practicando resulta un factor en su contra para poder alcanzar las cotizaciones que el IMSS les demanda, muchas personas debido a que padecen enfermedades o accidentes de trabajo y no cuentan con seguro social por parte de algunas empresas ya que buscan a toda costa evadir esa obligacion dejando desprotegidos a los trabajadores y sobre todo al trabajar en la informalidad no estan cotizando y por si fuera poco no los inscriben con su salario diario real por lo que esto repercute directamente en su ahorro de afore ya que recibe menos ahorro de lo que realmente deberia de ser al inscribirlos correctamente.
¿Podremos optar por la modalidad 40 bajo este regimen?
Otro de los beneficios que se contemplaban en el regimen de 1973 es la Contiuacion Voluntaria al Regimen Obligatorio ( COVORO ) mejor conocido como modalidad 40 que ofrecia a los asegurados la posibilidad de incrementar y potencializar su pension por medio de una inversion a las semanas cotizadas y salario base de cotizacion con la finalidad de incrementar estos valores o que causa como beneficio un incremento considerable en el monto mensual de la pension. Dicha modalidad ofrece tambien la posibilidad de invertir de 1 a 5 años de acuerdo con los recursos con los que cuente el asegurado y por la cantidad de UMAS que deseen pagar por lo que los costos de la modalidad 40 o COVORO seran los siguientes:
La inversion de la modalidad 40 era favorable para el regimen de 1973 debido a la mecanica con la que se contaba en ese entonces, la cua consistia en tomar el valor de los salarios de los utimos 5 años donde se calculaba un salario promedio el cual seria la base para la determinacion de la pension donde tambien influirian conceptos como la cuantia basica y los incrementos anuales que eran otros factores determinantes que aumentaban la pension.
Pero ¿que pasa con los que se encuentran bajo el regimen de 1997? el escenario para este regimen actualmente vigente no resulta muy atractivo para invertir en modalidad 40 ya que se basa unicamente en el ahorro con el que cuentes en tu cuenta individual de AFORE por lo que las unicas opciones que quedan es realizar aportaciones voluntarias por parte de ti como trabajador o de parte del patron ademas de estar al pendiente de las cuotas obrero patronales por concepto de Cesantia en Edad Avanzada y Vejez.La modalidad 40 unicamente seria util para el caso de que el trabajador nesecite recuperar semanas cotizadas que hayan sido descontadas por concepto de haber efectuado un retiro por desempleo, le hagan falta semanas cotizadas para tener derecho a la pension o para recuperar la vigencia de derechos que se haya perdido por haber tenido inactividad o lo hayan dado de baja. Otra manera de recuperar la vigencia de derechos, completar sus semanas cotizadas para alcanzar la pension y contar con atencion medica, servicio hospitalario y farmaceutico por concepto de invalidez, riesgo de trabajo o cesantia en edad avanzada y vejez es la modalidad 10 dirigida a personas o trabajadores independientes.
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