Repercusiones del régimen de 1997 en las pensiones
C.P. Abrahán Otero Palma
Un poco de historia
El régimen de pensiones de 1997 actualmente vigente publicado inicialmente el 1ro de julio de 1997, el cual su fundador y principal impulsor fue Ernesto Zedillo Ponce de León vino a modificar muchas de las ventajas que se encontraban en al antiguo régimen de 1973 o de transición. Este cambio tan drástico y severo afecto significativamente a los adultos mayores, ya que el régimen de 1973 dentro de sus requisitos se establecía que se debían reunir 500 semanas en sus cotizaciones pero desde la publicación del régimen 1997 desde un principio se tenían que reunir 1,250 semanas cotizadas que equivalían a aproximadamente 25 años de trabajo lo cual representaba un futuro incierto para todos los derechohabientes y trabajadores que estaban a punto de pensionarse ya que con el antiguo régimen de 1973 solo eran 500 semanas cotizadas es decir 10 años de trabajo aproximadamente.
Principales afectaciones
Debido a las modificaciones realizadas en la ley y las consecuencias de haberse fundado la CONSAR y consigo las AFORE vino a perjudicar a las próximas generaciones ya que anteriormente con el régimen de 1973 se contaba con una pensión vitalicia del 100% ahora con el régimen de 1997 o sea la generación de las Afore la pensión se basara únicamente en el ahorro con el que se cuente en su cuenta individual de AFORE y de cumplir con las semanas cotizadas adecuándose a lo que marca el régimen de 1997.
¿Cómo se pagarán las pensiones?
Ahora con las modificaciones realizadas a la ley de pensiones, esta se otorgará acudiendo al Afore que le corresponda y que administre su cuenta individual la cual consistirá y se determinara con lo que se cuenta ahorrado y el asegurado o pensionado dejara de recibir el beneficio tan pronto se agote el saldo de su AFORE. Como se puede notar la pensión vitalicia ya no existe ya que se recibirá únicamente con el ahorro que se cuente en la cuenta individual de AFORE hasta que se agote por completo. La cuenta de ahorro es individual y se compone de aportaciones hechas por el patrón, el Gobierno Federal y la persona trabajadora. por lo visto esta situación no brinda mucha seguridad a los asegurados prontos a pensionarse, el único brillo de esperanza con el que se cuenta es las pensiones de bienestar implementadas hoy en día y aquellos que cotizaron antes del 1ro de julio de 1997 aunque la ley haya sido derogada podrán seguir gozando de los beneficios del régimen de 1973.
CONCLUSIONES
Las modificaciones realizadas en la ley a comparación de cuando recién se promulgo el régimen de 1997 propuesta por Ernesto Zedillo Ponce de León la cual requería que los asegurados cumplieran con un mínimo de 1,250 semanas cotizadas lo cual representaba un futuro incierto para los adultos mayores por los años de trabajo que representaba reunirlas y también por los obstáculos que hoy en día ponen las empresas con respecto a la edad ya que en cuanto a los requisitos cada vez existe más restricción por la edad. Además de que no todos los trabajadores tienen la posibilidad de permanecer constantemente en un trabajo de manera continua.
L.C.P. Abrahan Otero Palma
664 724 42 51


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